La portabilidad de estudios es el reconocimiento que el Conalep hace de las Unidades de Aprendizaje Curriculares (UAC) acreditadas, en instituciones de Educación Media Superior con las que el Conalep tiene o establezca acuerdo de Portabilidad (Cecyte y Dgeti).
Los requisitos con los que se deberá cumplir son:
I.- Presentar solicitud en la ventanilla de escolares, en formato libre, dirigida al Director del Plantel donde se desea ingresar, especificando el nombre de la carrera.
II.- Original y copia del Historial Académico, único documento oficial que las instituciones reconocen.
El alumno sólo podrá solicitar tránsito a otra institución, cuando haya cursado y acreditado por lo menos todas las UAC que integran el primer semestre del Plan de Estudios del Modelo Académico de la institución donde está inscrito.
* Capítulo III De la Portabilidad de Estudios y Tránsito de los Alumnos, Título primero Del Ingreso y Permanencia del Alumno. Reglamento Escolar para los Alumnos del Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica.
* Para mayores informes, dirigirse al área de servicios escolares.